lunes, 23 de abril de 2012

PERU: COMISION DE JUSTICIA Y DDHH APROBO DICTAMEN A FAVOR DE VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN SUS DIVERSAS FORMAS

Lima-Perù, 23/04/2012.- derechoalaverddyjusticia.blogspot.com

El pasado 17 de abril la Comisiòn de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la Repùblica del Perù, aprobò por unanimidad el dictamen a favor del Proyecto de Ley No. 00719/2011, presentado por los congresistas Josè Urquizo, Eduardo Nayap, Cristobal Llata, Natalie Condori y Juan Parì y cuyo contenido propone modificar los arts. 3).- y 6).- de la Ley No. 28692 que crea el Plan Integral de Reparaciones (PIR) para incluir a las Victimas de Violencia Sexual en sus diversas formas. Actualmente la Ley PIR sòlo reconoce a las Vìctimas de Violeaciòn Sexual.

La instituciòn DEMUS, ente rector de la iniciativa, asi como el conjunto de organizaciones que promocionan el respeto de los derechos humanos en el Perù, saludaron la aprobaciòn, toda vez que responde a una demanda social por el reconocimiento de la calidad de vìctimas con derecho a Reparaciones Integrales por parte del  Estado. Mujeres, ciudadanas que sufrieron no sòlo violaciones sexuales sino en toda sus formas diversas de violencia sexual durante el conflicto armado interno.

 "Es un reconocimiento al impacto diferenciado por gènero y en cada una de las vìctimas que tuvo el conflicto armado y de la violencia sexual como violacion de derechos humanos". refieren las integrantes de DEMUS.

VIOLACION SEXUAL:  MUJERES Y HOMBRES .-

La Comisiòn de la Verdad y Reconciliaciòn registro 538 casos de violaciòn sexual, 527 mujeres y 11 hombres. A diciembre de 2011 el Registro Unico de Victimas (RUV) registrò 2,046 victimas de violaciòn sexual y 756 victimas de diversas formas de violencia sexual (1)*.

RELEVANCIA DEL ART. 3).-

El art. 3).- del Proyecto de Ley, amplìa el reconocimiento de Victimas a quienes hayan sufrido: "esclavitud sexual, embarazo frozado, aborto forzado, prostituciòn forzada y esterilizaciòn forzada". Sin embargo, al ser èsta una enumeraciòn taxativa, excluye a las Vìctimas de otros supuestos de violencia sexual recogidas por el RUV; tales como el intento o amenaza de violaciòn sexual, la tortura en mujeres embarazadas, tortura en òrganos sexuales y los desnudos forzados.

Quedamos en espera y confiadas que el Pleno del Congreso aprobarà el Proyecto de Ley No. 00719/2011, asegurando en reemplazar la enumeraciòn taxativa por una fòrmula abierta, que incluya el tèrmino "y otras diversas formas de violencia sexual" (2)*, de modo que asi podrà garantizar la finalidad incluyente del proyecto. (Fuente: Oficina para la Defensa de los Derechos de la Mujer- DEMUS)

 Fueron mancillados el honor de niñas, adolescentes, madres gestantes, ancianas y tambien alcanzaron a los hombres, durante la violencia politica y del terrorismo, 1980-2000. 

1)*.- El Consejo de Reparaciones, en cumplimiento de recomendaciones del Comitè CEDAW (2007), aprobò el reglamento de inscripciòn en el Registro Unico de Victimas, registre ademàs de los casos de violaciòn sexual, las siguientes formas de violencia sexual: la esclavitud sexual, uniòn forzada, prostituciòn forzada y aborto forzado; y a partir de diciembre del 2010, producto de los casos registrados, reconoce nuevas formas de violaciòn sexual: el intento o amenaza de violaciòn sexual, la tortura en mujeres embarazadas, la tortura en òrganos sexuales y los desnudos forzados.
 http://www.ruv.gob.pe/protocolos.html/

Tanto la CVR como la Defensoria del Pueblo refieren que entre los casos de violencia de gènero registrados en el periodo de violencia, se incluyen no sòlo violaciones sexuales, sino tambien, otros actos de abuso sexual (desnudos, tocamientos indebidos), servidumbre sexual, prostituciòn forzda, aborto forzado, uniones forzadas, y otros similiares, que responden a un concepto màs amplio de violaciòn sexual.

2)*.- Esta ampliaciòn de los otras formas de violaciòn sexual, deberìa hacrse extensiva al art. 6), inciso b, sobre "Vìctimas directas".


DERECHO A LA VERDAD.-

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